Recientemente se ha publicado la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la aplicación de la Fase 1, en virtud de la cual se establecen las condiciones en las que los deportistas profesionales, de Alto Nivel, de Alto Rendimiento, de interés nacional y deportistas federados pueden realizar su actividad deportiva durante esta fase, en centros cerrados con la habilitación de la reapertura de los Centros de Alto Rendimiento, de las instalaciones deportivas al aire libre, de los centros deportivos para la práctica deportiva individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales.
Así el Capítulo XII de la citada Orden, denominado “Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva profesional y federada”, determina el escenario y las condiciones en las que los deportistas profesionales y federados pueden acceder tanto a las instalaciones deportivas al aire libre (Art. 41 de la Orden), así como
en centros deportivos con cita previa (Art. 42 de la Orden).
Por lo que se refiere al deporte recreativo o particular, entendemos que la
situación no ha mostrado variación desde que se dictara la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, por la que se permitió al deportista no profesional, ni federado, realizar actividad física al aire libre durante la vigencia del estado de alarma, entre las 6:00 y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.
Desde UFEDC venimos trabajando proactivamente con el Consejo Superior de Deportes y ADESP, elaborando protocolos y propuestas de medidas en defensa de los derechos e intereses del deporte de combate federado, y consideramos que son avances significativos que, de forma segura para todos nuestros deportistas, van a permitir que progresivamente vuelvan a estar en forma para dar el máximo rendimiento en las próximas competiciones.
Asimismo, son medidas de alivio para nuestros centros deportivos, elemento esencial en el desarrollo y perfeccionamiento
del practicante de deporte de combate.